Condiciones generales del abogado David Zellinger para Consumidores

Estado 17/09/2025
1ª área de aplicación


1.1 Las Condiciones Generales de Contratación se aplicarán a todas las actividades y actos de representación judicial y extrajudicial que se realicen en el marco de una relación contractual (en lo sucesivo también denominada „mandato“) entre el abogado/el bufete de abogados (en lo sucesivo denominado „abogado“) y el cliente o clientes.

1.2 Los Términos y Condiciones del Contrato también se aplicarán a los nuevos mandatos, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

 

2. orden y autorización

2.1 El abogado estará facultado y obligado a representar al mandante en la medida en que ello sea necesario y conveniente para el cumplimiento del mandato. Si la situación jurídica cambiara tras la finalización del mandato, el abogado no estará obligado a informar al mandante de los cambios o consecuencias que de ello se deriven.

2.2 El cliente firmará un poder por escrito frente al abogado cuando éste lo solicite. Este poder podrá dirigirse a la realización de negocios jurídicos o actos jurídicos individuales, definidos con precisión o todos los posibles.

 

3. principios de representación

3.1 El abogado deberá llevar a cabo la representación que se le confíe de conformidad con la ley y representar los derechos e intereses del cliente frente a todas las personas con diligencia, lealtad y esmero.

3.2 En principio, el abogado tendrá derecho a prestar sus servicios según su propio criterio y a adoptar todas las medidas, en particular a utilizar los medios de ataque y defensa de cualquier forma, siempre que ello no contradiga las instrucciones del cliente, su conciencia o la ley.

3.3 Si el cliente imparte al abogado una instrucción cuyo cumplimiento es incompatible con los principios del correcto ejercicio profesional del abogado basados en la ley u otras normas de conducta profesional (por ejemplo, las „Directrices para el ejercicio de la abogacía“ [RL-BA 2015] o la jurisprudencia de la Comisión Suprema de Apelación y Disciplina para Abogados y Abogados en Prácticas [OBDK], actualmente Senado de Apelación y Disciplina para Abogados y Abogados en Prácticas del Tribunal Supremo), el abogado deberá rechazar la instrucción. Si el abogado considera que las instrucciones son inapropiadas o incluso desventajosas para el cliente, deberá informarle de las posibles consecuencias desventajosas antes de llevarlas a cabo.

3.4 En caso de peligro inminente, el abogado también estará facultado para realizar o abstenerse de realizar una acción no contemplada expresamente en la instrucción dada o una acción contraria a una instrucción dada si ello parece ser urgentemente necesario en interés del cliente.

 

4. obligaciones de información y cooperación del cliente

4.1 Una vez otorgado el mandato, el mandante estará obligado a comunicar inmediatamente al abogado todas las informaciones y hechos que puedan tener importancia en relación con la ejecución del mandato, así como a poner a su disposición todos los documentos y pruebas necesarios. El abogado tendrá derecho a suponer que la información, los hechos, los documentos, los registros y las pruebas son correctos, a menos que su incorrección sea evidente. El abogado procurará asegurarse de que los hechos son completos y correctos interrogando al cliente y/o por otros medios adecuados. Con respecto a la exactitud de la información complementaria, se aplicará la segunda frase del punto 4.1.

4.2 Durante la vigencia del mandato, el mandante estará obligado a notificar al abogado cualquier cambio o nueva circunstancia que pueda tener importancia en relación con la ejecución del mandato tan pronto como tenga conocimiento de ello.

4.3 Si el abogado actúa como redactor del contrato, el mandante estará obligado a facilitar al abogado toda la información necesaria para el autocálculo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales de bienes inmuebles, de la tasa de registro y del impuesto sobre la renta de bienes inmuebles. Si el abogado realiza los autocálculos sobre la base de la información facilitada por el cliente que no sea reconocidamente incorrecta para el abogado, éste quedará en todo caso exento de cualquier responsabilidad frente al cliente a este respecto. No obstante, el cliente estará obligado a indemnizar y eximir de responsabilidad al abogado en caso de que se produzcan desventajas financieras si la información del cliente resulta ser incorrecta.

4.4 Sobre la base de las disposiciones legales en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el abogado estará obligado a llevar a cabo determinados procedimientos de auditoría en el caso de transacciones susceptibles de blanqueo de capitales. Estos incluyen, por ejemplo, determinar las partes, el o los beneficiarios efectivos y su identidad. También debe comprobar la finalidad de la transacción y, si es necesario, el origen de los fondos. En el caso de tales transacciones, el cliente está obligado a proporcionar al abogado toda la información y las pruebas correspondientes solicitadas en este contexto de forma completa y veraz sin demora. Esto también se aplicará si el abogado solicita dicha información en nombre de un banco implicado.

 

5. obligación de confidencialidad y excepciones a la misma

5.1 El abogado estará obligado a guardar secreto sobre todos los asuntos que se le confíen y sobre todos los demás hechos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, cuya confidencialidad redunde en interés de su cliente.

5.2 El abogado quedará liberado del deber de confidencialidad en la medida en que ello sea necesario para la tramitación de reclamaciones por parte del abogado (en particular, reclamaciones de honorarios) o para la defensa frente a reclamaciones contra el abogado (en particular, reclamaciones por daños y perjuicios del mandante o de terceros contra el abogado).

5.3 El cliente es consciente de que el abogado está obligado por ley, en determinados casos, a facilitar información o informes a las autoridades sin necesidad de obtener el consentimiento del cliente; en particular, el cliente es informado de las disposiciones sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, así como de las disposiciones del derecho fiscal (por ejemplo, Ley de Registro de Cuentas e Inspección de Cuentas, GMSG, etc.).

5.4 El cliente puede liberar al abogado de la obligación de confidencialidad en cualquier momento. La liberación del deber de confidencialidad por parte del cliente no exime al abogado de la obligación de comprobar si su declaración redunda en interés de su cliente. Si el abogado actúa como mediador o como abogado colaborador, deberá ejercer su derecho a la confidencialidad a pesar de su liberación del deber de confidencialidad. 

 

6. obligación de informar del abogado

El abogado informará al cliente oralmente o por escrito, en la medida adecuada, sobre las acciones que haya emprendido en relación con el mandato.

 

7. subautorización y sustitución

Se acuerda que el abogado podrá ser representado por otro abogado (subapoderamiento). En caso de incapacidad temporal, el abogado podrá traspasar el mandato o las subactividades individuales a otro abogado en virtud del artículo 14 de la RAO (sustitución). En caso de subapoderamiento o de sustitución a otro abogado, el sustituto sólo será responsable por falta en la selección.

 

8. tasa

8.1 Salvo acuerdo en contrario, el abogado tendrá derecho a percibir unos honorarios razonables.

8.2 Aunque se haya acordado un honorario reducido en comparación con la RATG, el abogado también tendrá derecho al reembolso de los gastos reclamados por la parte contraria que excedan de dicho honorario, en la medida en que puedan recuperarse.

8.3 En caso de que el abogado reciba un correo electrónico del cliente o de la esfera del cliente que no esté dirigido al abogado, sino que sólo se le envíe por cc o bcc, el abogado no estará obligado a leer dicho correo electrónico a menos que se le indique expresamente que lo haga.

8.4 El impuesto sobre el valor añadido al tipo legal, los gastos necesarios y razonables (por ejemplo, en concepto de gastos de viaje, teléfono, fax, copias) y los gastos en efectivo pagados en nombre del cliente (por ejemplo, tasas judiciales) se añadirán a los honorarios debidos al abogado o acordados con éste.

8.5 El mandante reconoce que cualquier estimación realizada por el abogado sobre el importe de los honorarios anticipados que no esté expresamente designada como vinculante no será vinculante y no se considerará como una estimación de costes vinculante (en el sentido del artículo 5 (2) KSchG), ya que el alcance de los servicios a prestar por el abogado no puede, por su naturaleza, evaluarse de antemano de forma fiable.

8.6 No se cobrarán al cliente los gastos de facturación y preparación de las notas de honorarios. Sin embargo, esto no se aplicará a los gastos ocasionados por la traducción de las especificaciones del servicio a un idioma distinto del alemán a petición del cliente. A menos que se acuerde lo contrario, se cobrará el tiempo y el esfuerzo necesarios para escribir cartas al auditor del cliente a petición de éste, en las que, por ejemplo, se indique el estado de los casos pendientes, una evaluación del riesgo para la creación de provisiones y/o el estado de los honorarios pendientes a la fecha del balance.

8.7 El abogado tendrá derecho a presentar notas de honorarios en cualquier momento, pero en cualquier caso trimestralmente, y a exigir anticipos de honorarios.

8.8 Si el cliente se retrasa en el pago de la totalidad o parte de los honorarios, deberá abonar al abogado los intereses legales por un importe de 4% anuales. Si el mandante es responsable del retraso en el pago, deberá indemnizar al abogado por los intereses reales perdidos en exceso. Cualquier otra reclamación legal (en particular § 1333 ABGB) no se verá afectada.

8.9 Todas las costas judiciales y oficiales (desembolsos en efectivo) y los gastos (por ejemplo, debidos a la contratación de servicios de terceros) incurridos en el cumplimiento del mandato podrán - a discreción del abogado - ser repercutidos al cliente para su liquidación directa.

8.10. En caso de que varios clientes den un mandato en un mismo asunto judicial, responderán solidariamente de todas las reclamaciones del abogado derivadas del mismo, a menos que los servicios del abogado en virtud del mandato sean divisibles y se hayan prestado claramente para un solo cliente.

 

9 Responsabilidad del abogado

9.1 La responsabilidad del abogado por asesoramiento o representación defectuosos en caso de daños por negligencia leve se limitará a la suma asegurada disponible para el caso concreto de daños, pero ascenderá como mínimo a la suma asegurada especificada en el artículo 21a de la RAO en su versión modificada. Ésta es actualmente de 400.000 euros (en palabras: cuatrocientos mil euros) y en el caso de bufetes de abogados en forma de sociedad de responsabilidad limitada de 2.400.000 euros (en palabras: dos millones cuatrocientos mil euros).

9.2 El importe máximo aplicable en virtud del apartado 9.1. incluirá todas las reclamaciones contra el abogado por asesoramiento y/o representación incorrectos, en particular las reclamaciones por daños y perjuicios y por reducción del precio. Este importe máximo no incluirá las reclamaciones del cliente para la recuperación de los honorarios pagados al abogado. Las eventuales franquicias no reducirán la responsabilidad. El importe máximo aplicable conforme a la cláusula 9.1. se refiere a un solo evento asegurado. Si hay dos o más perjudicados (clientes) concurrentes, la cantidad máxima para cada perjudicado individual se reducirá en proporción a la cuantía de las reclamaciones.

9.3 El abogado sólo responderá frente a terceros (en particular, peritos externos) que no sean empleados ni socios y a los que se hayan encargado prestaciones parciales individuales con conocimiento del mandante en el marco de la prestación de servicios, si han incurrido en culpa en la selección.

9.4 El abogado sólo será responsable frente a su cliente, no frente a terceros. El mandante estará obligado a llamar expresamente la atención sobre este hecho a los terceros que entren en contacto con los servicios del abogado debido a la intervención del mandante, de lo contrario el abogado será indemnizado y mantenido indemne. Esto no se aplicará a los casos en los que el abogado reconozca que sus servicios interfieren en la esfera de un tercero.

9.5 El abogado sólo será responsable del conocimiento del derecho extranjero si así se ha acordado por escrito o si se ha comprometido a examinar el derecho extranjero. El Derecho extranjero incluirá también el Derecho de los Estados miembros de la UE.

 

10. seguro de defensa jurídica del cliente

10.1 Si el cliente dispone de un seguro de defensa jurídica, deberá informar de ello al abogado sin demora y presentar los documentos requeridos (si dispone de ellos).

10.2 La revelación de una póliza de seguro de defensa jurídica por parte del cliente y la obtención por parte del abogado de la cobertura de defensa jurídica no afectará a la reclamación de honorarios del abogado contra el cliente y no se considerará como el acuerdo del abogado de conformarse con los honorarios pagados por el seguro de defensa jurídica.

10.3 El abogado no estará obligado a reclamar los honorarios directamente al seguro de defensa jurídica, sino que podrá exigir la totalidad de los honorarios al cliente.

 

11. terminación del mandato

11.1 El mandato podrá ser anulado por el abogado o por el mandante en cualquier momento sin previo aviso y sin indicación de los motivos. La reclamación de honorarios del abogado no se verá afectada.

11.2 En caso de rescisión por parte del mandante o del abogado, el abogado continuará representando al mandante durante un periodo de 14 días en la medida en que ello sea necesario para proteger al mandante de desventajas jurídicas. Esta obligación no se aplicará si el mandante cancela el mandato y manifiesta que no desea que el abogado continúe trabajando para él.

 

12. obligación de entrega

12.1 Una vez finalizada la relación cliente-abogado, el abogado devolverá al cliente, previa solicitud, los originales de los documentos que le pertenezcan. El abogado tendrá derecho a conservar copias de dichos documentos.

12.2 Si el cliente solicita más documentos (copias de documentos) tras la finalización del mandato, que ya ha recibido en el transcurso del mismo, los costes de 2,00 EUR por página correrán a cargo del cliente.

12.3 El abogado estará obligado a conservar los expedientes durante un periodo de cinco años a partir de la finalización del mandato. En caso de que se apliquen plazos legales más largos para la duración de la obligación de conservación, éstos deberán cumplirse. El mandante acepta la destrucción de los expedientes (incluidos los documentos originales) tras la expiración de la obligación de conservación.

 

13. elección de la ley y resolución extrajudicial de litigios

13.1 Los Términos y Condiciones del Contrato y la relación con el cliente regulada por los mismos estarán sujetos a la legislación austriaca con la excepción de las normas de conflicto de leyes.

13.2 En caso de que surjan disputas entre el abogado y el cliente en relación con los honorarios, el cliente podrá solicitar una revisión de los mismos por parte del Colegio de Abogados de Viena; si el abogado acepta la revisión por parte del Colegio de Abogados, ello dará lugar a una revisión extrajudicial gratuita de la razonabilidad de los honorarios. La junta de arbitraje para transacciones con consumidores (www.verbraucherschlichtung.or.at) actuará como órgano de resolución extrajudicial de litigios entre abogados y clientes. El cliente reconoce que el abogado no está obligado a recurrir a este organismo para la resolución de litigios ni a someterse a él, y que en caso de litigio con él, decidirá en primer lugar si acepta o no un procedimiento de arbitraje extrajudicial.

 

14. disposiciones finales

14.1 Salvo acuerdo en contrario, el abogado podrá mantener correspondencia con el mandante del modo que estime oportuno, en particular por correo electrónico utilizando la dirección de correo electrónico que el mandante facilite al abogado a efectos de comunicación. Si el mandante envía correos electrónicos al abogado desde otras direcciones de correo electrónico, el abogado también podrá comunicarse con el mandante a través de estas direcciones de correo electrónico, salvo que el mandante rechace expresamente y por adelantado esta comunicación. Las declaraciones que deban realizarse por escrito de conformidad con las presentes Condiciones Generales de Contratación también podrán realizarse mediante „WhatsApp“ o correo electrónico, salvo que se especifique lo contrario.

Salvo instrucción contraria por escrito del cliente, el abogado estará autorizado a mantener correspondencia electrónica con el cliente de forma no cifrada. El cliente declara que es consciente de los riesgos asociados (en particular, el acceso, la confidencialidad, la alteración de los mensajes en el curso de la transmisión) y de la posibilidad de utilizar Context y que acepta, con pleno conocimiento de estos riesgos, que la correspondencia electrónica no se lleve a cabo de forma cifrada.

14.2 El cliente será informado de los fines y la forma del tratamiento de sus datos personales por parte del abogado mediante información separada sobre protección de datos.

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